Las gratificaciones se otorgan dos veces al año por los conceptos de Fiestas Patrias y Navidad.
En el caso de trabajadores que laboren en una pequeña empresa debidamente registrada en la REMYPE, percibirán media remuneración en julio y media en diciembre, siempre y cuando laboren el semestre completo; en caso contrario percibirán su parte proporcional.